Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento de espectáculos públicos
y actividades recreativas.
Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento de espectáculos públicos y actividades
recreativas
Artículo 1 Objeto
Este Reglamento tiene por objeto el desarrollo reglamentario y la
aplicación de la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de
los espectáculos públicos y actividades recreativas.
Artículo 2 Ámbito de aplicación
1. Quedan sometidos a este Reglamento los espectáculos públicos, las
actividades recreativas, los establecimientos y los espacios abiertos al
público, incluidos en el catálogo que se incorpora en el anexo I, con
independencia del carácter público o privado de las personas
organizadoras, de la titularidad pública o privada del establecimiento o
del espacio abierto al público en el que se desarrollan, de su finalidad
lucrativa o no y de su carácter esporádico o habitual.
2. Se rigen por su normativa específica:
a) Las actividades de restauración.
b) Las actividades deportivas.
c) Las actividades relacionadas con el juego y las apuestas.
d) Los espectáculos con uso de animales.